Una vez que nos hemos decidido a comprar o alquilar una vivienda, lo único que queremos es agilizar los trámites necesarios, para poder instalarnos lo antes posible. Si lo tramitamos en alguna de las inmobiliarias de lujo, no tendremos ningún problema, sus Agentes Inmobiliarios nos asesoraran de la documentación y los trámites necesarios.

Si por el contrario queremos tramitarlo personalmente, vamos a explicar los pasos a seguir.

Debemos solicitar al Registro de la Propiedad una nota simple informativapara debemos informarnos de quienes son los propietarios, de si la vivienda está exenta de cargas (hipotecas, embargos) o si tiene algun problema de cualquier tipo, urbanistico, etc…..

Cuando compramos una vivienda, es frecuente que, previamente a la escritura pública, donde se transmite el bien, firmemos un contrato privado entre vendedor y comprador, es el contrato de arras. No es obligatorio, pero es una forma válida de comprometer a ambas partes, ya que si lo firmamos debemos cumplir lo firmado.

En el contrato debe figurar el precio de la vivienda. También la forma de pago. Es habitual que se pacten arras, eso significa, que se establece una cantidad de dinero que el comprador entrega al vendedor como señal, a cuenta del precio.

Gastos de compraventa-Los gastos de compraventa son:

-Impuesto Municipal sobre el incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal)
-Escritura pública en la notaría.
-Inscripción en el Registro de la Propiedad.
-Impuestos.
-Gestoría (si pedimos hipoteca)

Elección de notario-La parte compradora tiene derecho a elegir notario.

Aunque el documento privado es válido, no basta para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad. Necesitamos un documento con un resultado superior, ese documento es la escritura pública notarial. Esta escritura la otorga un notario, es imprescindible para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Una vez el notario comprueba que todo está en orden, otorga la escritura y se presenta en el Registro de la Propiedad.

Una vez comprada la vivienda, el comprador debe efectuar algunos trámites más.

-Abonar los impuestos correspondientes a la Comunidad Autónoma.
-Inscribir la compra en el Registro de la Propiedad.

Si optamos alquilar en lugar de comprar, podemos visitar algunas inmobiliarias de lujo, donde nos mostraran una gran variedad de viviendas en alquiler donde poder elegir.

Los documentos necesarios para alquilar son:

-Comprobar que quien alquila la vivienda es el propietario, lo podemos hacer mediante una nota simple que solicitaremos en el Registro de la Propiedad.

-Demostrar nuestra solvencia al casero. Le entregaremos al propietario una copia de nuestra nómina y la declaración de la renta.

-Antes de firmar el contrato, debemos dejar claras las condiciones de los diferentes gastos (comunidad, impuestos, agua, luz, averías, etc.).

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